Dar el salto hacia la formalidad es una de las decisiones más importantes para cualquier emprendedor. Constituir empresa en Perú no solo te permite operar de manera legal, sino que también abre oportunidades para acceder a financiamiento, licitaciones públicas y beneficios tributarios. Sin embargo, el proceso implica seguir una serie de pasos regulados por la legislación vigente y coordinados entre varias instituciones.
En esta guía, conocerás el procedimiento actualizado para 2025, desde la elección del tipo societario hasta la obtención de licencias y registros necesarios para iniciar actividades.
Definir el tipo de empresa
Uno de los pasos clave para constituir empresa en Perú es elegir la forma jurídica que mejor se ajuste a tu modelo de negocio. Esta elección determinará tu nivel de responsabilidad, obligaciones tributarias y facilidad para atraer inversionistas. Todas estas modalidades están reguladas principalmente por la Ley General de Sociedades (Ley N.º 26887) y, en el caso de la S.A.C.S., por el Decreto Legislativo N.º 1409.
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)
Pensada para emprendedores que trabajan solos y quieren proteger su patrimonio personal.
- Responsabilidad: el titular solo responde con el capital aportado, no con sus bienes personales.
- Capital mínimo: no hay monto exigido por ley, pero debe ser real y consignado en la escritura pública.
- Ventajas: control total, trámites simples y menor carga administrativa.
- Limitaciones: no admite socios. Para incorporar otros inversionistas, debe transformarse en sociedad.
Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
Adecuada para grupos pequeños de emprendedores.
- Socios: mínimo 2, máximo 20.
- Responsabilidad: limitada al aporte de cada socio.
- Capital mínimo: no existe monto obligatorio, pero debe estar totalmente pagado al constituirse.
- Ventajas: estructura flexible, protección patrimonial, sin obligación de emitir acciones.
- Limitaciones: no puede participar en bolsa ni emitir acciones negociables.
Sociedad Anónima (S.A.)
Diseñada para empresas con mayor proyección de crecimiento y búsqueda de capital.
- S.A. ordinaria: mínimo 2 accionistas, sin límite máximo. Acciones libremente transferibles.
- S.A.C. (Sociedad Anónima Cerrada): máximo 20 accionistas, transferencia de acciones con restricciones para mantener el control interno.
- S.A.A. (Sociedad Anónima Abierta): orientada a grandes empresas con cotización en bolsa, mínimo 750 accionistas o captación pública de capital.
Ventajas: alta credibilidad ante inversionistas, facilidad para captar capital y proyección nacional e internacional.
Desventajas: mayor formalidad, juntas obligatorias y exigencias contables más estrictas.
Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada (S.A.C.S.)
Creada para facilitar la formalización empresarial de forma rápida y económica.
- Constitución 100% digital: a través de la Plataforma SID-SUNARP, sin necesidad de minuta ni notario.
- Socios: mínimo 2 y máximo 20.
- Responsabilidad: limitada al aporte.
- Capital mínimo: no existe monto obligatorio.
- Ventajas: menor costo, rapidez (puede constituirse en 72 horas), firma digital y sin escritura pública.
- Limitaciones: no puede inscribirse en bolsa ni emitir ofertas públicas de valores.
Búsqueda y reserva de nombre en SUNARP
Uno de los primeros pasos para constituir empresa en Perú es registrar el nombre comercial. Esto se hace en la SUNARP mediante el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) o presencialmente.
- Costo: S/ 21.00 en 2025.
- Vigencia: 30 días para completar la constitución.
Elaboración de la minuta de constitución
LLa minuta de constitución es el documento jurídico fundamental para constituir empresa en Perú, ya que formaliza el acuerdo entre los socios o, en el caso de un único propietario, la voluntad de iniciar actividades comerciales bajo una forma societaria determinada.
Este documento debe ser redactado por un abogado colegiado y habilitado, quien certificará que el contenido cumple con lo establecido en la Ley General de Sociedades (Ley N.º 26887) y demás normas aplicables.
Contenido esencial de la minuta
- Datos de los socios o del propietario: nombres completos, documentos de identidad vigentes (DNI o Carné de extranjería) y domicilios legales.
- Capital social y forma de aporte: monto total y si se entrega en efectivo, bienes muebles, inmuebles o derechos. Cuando el aporte es en bienes, debe acompañarse de un informe de valorización.
- Objeto social: descripción clara y detallada de las actividades económicas que realizará la empresa. Es recomendable que sea lo suficientemente amplio para permitir futuras ampliaciones de giro sin modificar estatutos.
- Estatutos y reglas internas: normas que regulan la administración, representación legal, toma de decisiones, distribución de utilidades, convocatorias y derechos y deberes de los socios.
- Duración de la sociedad: puede ser indefinida o por un plazo determinado.
- Órganos de administración y representación: designación de gerentes, administradores o directores, según el tipo de empresa.
Requisitos formales
- La minuta debe llevar firma de todos los socios y la certificación de firma del abogado.
- Si alguno de los socios es persona jurídica, debe presentar la vigencia de poder inscrita en la SUNARP.
- En el caso de capital social en bienes, se debe adjuntar un inventario detallado.
Recomendaciones prácticas
- Guardar coherencia entre el objeto social y el CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) que se inscribirá en Registros Públicos y en la SUNAT.
- Incluir cláusulas de solución de conflictos para evitar problemas legales entre socios.
- Definir claramente el porcentaje de participación y las responsabilidades de cada socio.
Escritura pública en notaría
La minuta se eleva a escritura pública ante un notario, quien validará la identidad de los socios y los documentos de aporte. Este paso es obligatorio para que la empresa adquiera personalidad jurídica.
Inscripción en SUNARP
Con la escritura pública, el notario presenta la inscripción ante la SUNARP en el Registro de Personas Jurídicas.
- Plazo: 3 a 7 días hábiles.
- Costo: entre S/ 60 y S/ 150, según región.
Obtención del RUC en SUNAT
Todo negocio formal necesita un Registro Único de Contribuyentes (RUC) para emitir comprobantes y declarar impuestos.
- Requisitos: escritura pública, DNI del representante legal y recibo de servicios del domicilio fiscal.
- Trámite gratuito y posible en línea con Clave SOL.
Licencia de funcionamiento municipal
Debes solicitarla en la municipalidad donde operará tu negocio. Dependiendo del rubro, puede requerirse inspección de Defensa Civil.
- Costo aproximado: S/ 150 a S/ 500.
- Licencia definitiva o provisional, según el caso.
Permisos adicionales según actividad
Al constituir empresa en Perú, considera si tu rubro necesita permisos extra:
- DIGESA para alimentos y bebidas.
- MINSA para servicios de salud.
- Produce para pesca o industria manufacturera.
Registro de marca en INDECOPI
Proteger tu marca evita que terceros utilicen tu identidad comercial.
- Costo: S/ 534.99 por clase.
- Vigencia: 10 años renovables.
Costos estimados para 2025
| Concepto | Costo aproximado |
|---|---|
| Reserva de nombre | S/ 21.00 |
| Minuta y escritura pública | S/ 300 – S/ 600 |
| Inscripción en SUNARP | S/ 60 – S/ 150 |
| RUC | Sin costo |
| Licencia de funcionamiento | S/ 150 – S/ 500 |
| Registro de marca | S/ 534.99 |
Consejos para agilizar el proceso
- Utiliza la Plataforma Virtual de Constitución de Empresas del Estado.
- Prepara todos los documentos actualizados y sin errores.
- Evalúa iniciar con un tipo societario flexible, como una S.R.L., y migrar después.
- Si tendrás operaciones internacionales, revisa acuerdos y tratados de comercio vigentes.
Errores que debes evitar
En el proceso de constituir empresa en Perú, muchos emprendedores cometen fallos que pueden retrasar su formalización, generar gastos adicionales o incluso impedir que su negocio opere legalmente. Conocer estos errores de antemano es clave para ahorrar tiempo, dinero y problemas legales.
Escoger un nombre ya registrado
Antes de iniciar cualquier trámite, es indispensable realizar la búsqueda de nombre en la SUNARP para asegurarte de que no existe otra empresa con la misma denominación o una similar que pueda generar confusión.
- No hacerlo puede provocar que tu solicitud sea rechazada y tengas que reiniciar todo el proceso.
- También es recomendable verificar la disponibilidad del dominio web y redes sociales para garantizar una identidad de marca coherente.
No cumplir con los requisitos de capital o número de socios
Cada tipo de empresa tiene requisitos específicos en cuanto a capital mínimo y número de socios:
- Una E.I.R.L. no admite socios.
- Una S.R.L. requiere mínimo 2 y máximo 20 socios.
- Una S.A.C. o S.A.C.S. exige mínimo 2 accionistas.
- En algunos casos, el capital debe estar íntegramente suscrito y pagado al momento de la constitución.
Omitir estos requisitos provoca observaciones en la inscripción y retrasa la apertura.
Omitir licencias y permisos especiales
Constituir la empresa no significa que puedas operar de inmediato. Algunos giros requieren licencias adicionales:
- Licencia de funcionamiento municipal para cualquier establecimiento físico.
- Permisos sectoriales para actividades como transporte, alimentos, salud o minería.
- Certificaciones especiales si trabajas con exportaciones o productos regulados.
No cumplir con estos requisitos puede llevar al cierre temporal o multas por parte de las autoridades.
No registrar tu marca desde el inicio
Registrar la razón social no es lo mismo que registrar la marca comercial.
- La razón social identifica a la empresa como persona jurídica.
- La marca identifica tus productos o servicios en el mercado y otorga derechos exclusivos de uso.
Si no registras tu marca en INDECOPI desde el inicio, corres el riesgo de que otro empresario la solicite y te impida usarla legalmente, obligándote a rebrandear tu negocio.